El Ministerio de Trabajo de Colombia, a través de la Resolución 1409 de 2012, indica que trabajo en alturas es toda actividad laboral o desplazamiento que implique riesgo de caída y que un empleado realice a 1,50 metros de altura o más.
La Resolución 3673 del 2008, que es la reglamentación con la cual se aplica la normatividad de trabajo seguro en alturas, establece una serie de requisitos que son de carácter obligatorio para los trabajadores y por medio de los cuales determinan si una persona que aplica al cargo es apta o no, para desempeñar las funciones que requiere el trabajo en alturas.
Lo primero que se exige es tener conocimientos específicos en el tema, además de contar con una capacitación previa y experiencia. En segundo lugar, el aspirante al cargo debe someterse a una serie de exámenes médicos ocupacionales, a través de los cuales, un profesional de la salud, evalúa sus condiciones de aptitud física y psicológica y posteriormente emite un certificado donde queda establecido si la persona puede realizar labores, bajo las condiciones de riesgo que genera el trabajo a una altura igual a superior a 1,50 metros.
Cabe aclarar que el empleador, además, debe proporcionarle al trabajador, todos los elementos de protección personal, tales como casco, línea de seguridad amarrada a punto de anclaje, y arnés de seguridad con dispositivo de amortiguación, el cual es obligatorio, cuando se superan los 1,50 metros. Por otra parte, también es indispensable que el funcionario reciba capacitación específica para las tareas a desarrollar por parte de la compañía contratante.
Las restricciones para realizar trabajo en alturas establecidas por la ley son las siguientes
Existencia de patologías metabólicas
Presentar alguna enfermedad cardiovascular
Tener algún desorden mental o neurológico que genere vértigos, mareos, o alteraciones en el equilibrio y la conciencia
Problemas de audición
Problemas visuales como cegueras temporales o permanentes, alteraciones de la agudeza visual o percepción del color y de profundidad que no puedan ser corregidas con tratamiento
Igualmente, se tendrá en cuenta el índice de masa corporal y el peso del trabajador
Finalmente, según lo estipulado en la CIRCULAR 070/09 (INSTRUCCIONES TRABAJO EN ALTURAS), se deja claro que los exámenes médicos ocupacionales en relación al trabajo en alturas, deben realizarse, como mínimo, una vez al año.
¿Cuáles son los exámenes que se debe realizar una persona que pretende realizar funciones de trabajo en alturas?
Según lo establecido por el Ministerio de Trabajo en la Resolución 1409 de 2012, todos los trabajadores que pretendan desempeñar sus funciones a una altura de 1,50 metros o mayor, sin excepción, deben someterse a una valoración médica que incluye los siguientes exámenes clínicos y paraclínicos:
Examen Médico con Énfasis en Altura
Prueba Romber Simple Dix Hallpike
Babinskki-Weil, Unterberger y prueba de equilibrio
Este tipo de exámenes determinan si el trabajador padece trastornos de vértigo o de balance, entre otros.
Exámenes de Laboratorio:
Perfil lipídico (colesterol total, HDL, LDL, triglicéridos)
Glicemia
- Cuadro Hemático
Optometría / Visiometría
Audiometría
- Electrocardiograma
¿Qué elementos de protección personal debe proporcionar el empleador a un trabajador que realiza trabajo en alturas?
Cuando un trabajador realiza tareas en alturas, es fundamental que el empleador proporcione los siguientes elementos de protección personal para garantizar la seguridad y prevenir accidentes:
Arneses de seguridad
Los arneses de seguridad son esenciales para trabajos en altura. Estos equipos se ajustan alrededor del cuerpo del trabajador y están diseñados para distribuir la fuerza de un impacto en caso de una caída, evitando lesiones graves. Los arneses deben ser de calidad y estar correctamente ajustados al trabajador.
Líneas de vida
Las líneas de vida son sistemas de seguridad que se instalan de manera temporal o permanente para proteger a los trabajadores en alturas. Estas líneas, que pueden ser horizontales o verticales, están conectadas al arnés del trabajador y le permiten moverse con seguridad mientras está asegurado.
Anclajes
Los anclajes son puntos de anclaje seguros y sólidos a los que se conectan las líneas de vida o los arneses de seguridad. Los anclajes deben ser capaces de soportar la carga esperada en caso de una caída y estar certificados según las normas de seguridad aplicables.
Casco de seguridad
Un casco de seguridad es esencial para proteger la cabeza del trabajador contra posibles golpes o impactos causados por objetos que caen desde altura. El casco debe cumplir con los estándares de seguridad y estar en buenas condiciones.
Calzado antideslizante
Es importante que el trabajador utilice calzado adecuado con suela antideslizante para evitar resbalones y caídas en superficies elevadas o resbaladizas.
Gafas de seguridad
Si el trabajo en altura implica la exposición a partículas volátiles, polvo, fragmentos o salpicaduras, se deben proporcionar gafas de seguridad para proteger los ojos del trabajador.
Otros equipos de protección
Dependiendo de la naturaleza específica del trabajo en altura, pueden ser necesarios otros equipos de protección personal, como guantes resistentes a cortes o guantes de agarre, para brindar protección adicional según los riesgos presentes.
Es importante destacar que estos elementos de protección personal deben estar en buen estado, ser inspeccionados regularmente y utilizarse de acuerdo con las instrucciones y normas de seguridad establecidas por el empleador y las autoridades competentes. Además, se debe proporcionar capacitación adecuada al trabajador sobre el uso correcto de estos equipos y las prácticas seguras de trabajo en altura.